
Generador eléctrico en la vía pública: ¿Cómo se autoriza?
Este trámite no lo conoce casi nadie hasta que lo necesita, y cuando lo necesita suele ser con poco tiempo: una obra sin suministro, un evento, un rodaje, un corte prolongado. No es un plano, no lo otorga la DGROC y no cuesta nada. Pero tiene un requisito que puede demorar más que todo el resto junto. Acá está el trámite completo.
¿Qué organismo interviene?
La Autorización para usar generadores eléctricos en la vía pública la otorga la Secretaría de Ordenamiento Urbano, a través de la Gerencia Operativa de Permisos de Uso del Espacio Público.
Se presenta online, por TAD, y basta con clave miBA nivel 1. Es una diferencia práctica importante: los expedientes de obra e instalaciones exigen nivel 3, que requiere validación presencial o por videollamada. Acá no.
Pueden solicitarlo tanto personas humanas como personas jurídicas.
Y el dato que más sorprende: el trámite es gratuito, conforme a la Ley Tarifaria vigente. Lo que tiene costo no es el permiso, sino cumplir con lo que pide.


La póliza y el endoso: el requisito que más demora
Este es el cuello de botella, y conviene arrancarlo el primer día.
Hay que presentar una póliza de seguro de responsabilidad civil por un mínimo de $75.000.000, y no alcanza con tenerla: tiene que llevar el endoso del Gobierno de la Ciudad como co-asegurado.
Ese endoso es un trámite aparte dentro de la aseguradora, con sus propios tiempos y su propia área. Una póliza de RC común, aunque tenga el monto, no sirve sin el endoso. Es el error más frecuente y el que hace volver el expediente.
El informe técnico del grupo electrógeno
Es una de las dos piezas que sólo puede preparar un profesional.
El informe describe el equipo y las condiciones de su emplazamiento. En la práctica se trabaja sobre los datos del equipo —potencia, tensión, tipo de combustible, nivel sonoro declarado por el fabricante—, sobre las protecciones eléctricas y la puesta a tierra, y sobre cómo queda instalado en el lugar: distancias, vallado, aberturas cercanas y circulación peatonal.
Cuanto más concreto es el informe, menos observaciones vuelven. Un informe genérico que podría describir cualquier equipo en cualquier esquina es una observación asegurada.
La encomienda profesional
El segundo documento que exige firma matriculada es el certificado de encomienda profesional, visado por el consejo.
La encomienda es lo que vincula formalmente al profesional con ese trabajo concreto, y es también lo que le da respaldo al informe técnico. No es un trámite del solicitante: lo tramita el profesional en su consejo.
El croquis del lugar y del emplazamiento
Es el documento más simple y el que más define si el permiso sale rápido.
Tiene que mostrar dónde va exactamente el equipo: sobre qué parte de la vereda o calzada, a qué distancia del cordón y de la línea municipal, cómo queda la circulación peatonal, y qué hay alrededor —accesos, ventanas, salidas de emergencia, paradas, rampas de accesibilidad—.
Un croquis que sólo dice «en la vereda de la calle tal» obliga al organismo a preguntar. Uno acotado y con el entorno dibujado se resuelve de una.
Si sos empresa
Además de la documentación común, las personas jurídicas tienen que acompañar:
Estatuto de la empresa.
Acta de directorio con la última designación de autoridades.
Poder autenticado ante Escribano Público.
DNI original y copia del apoderado.
Las personas humanas, en cambio, sólo suman el DNI, frente y dorso.
En los dos casos se pide además la constancia de inscripción vigente ante ARCA.
¿Cuándo aparece este trámite?
Los casos que vemos con más frecuencia:
Obras sin suministro definitivo, donde el grupo cubre el período hasta la conexión.
Eventos y espectáculos en espacio público, donde el equipo alimenta escenario, sonido o iluminación.
Rodajes y producciones, que suelen tener plazos muy cortos y llegan con lo justo.
Contingencias por corte de servicio en edificios o comercios, cuando el equipo no entra en el inmueble y hay que emplazarlo afuera.
En todos, el factor que define si llegás o no es la póliza con el endoso.
Lo que este permiso no reemplaza
Conviene tenerlo claro para no quedarse corto.
La autorización habilita a emplazar el generador en el espacio público. No es el registro de plano de una instalación fija: si el equipo va a quedar dentro de un inmueble, ese es otro expediente, ante la DGROC, y lo explicamos en la página de grupo fijo.
Tampoco reemplaza lo que la actividad en sí requiera —la habilitación del evento, el permiso de la obra, el corte de calle si lo hubiera—. Son trámites paralelos, con sus propios organismos.
¿Cómo lo trabajamos?
Lo primero que hacemos es el relevamiento del emplazamiento, porque de ahí salen el informe técnico y el croquis, que son las dos piezas que dependen de nosotros. En paralelo te decimos exactamente qué pedirle a tu productor de seguros, con el texto del endoso, para que esa gestión arranque el mismo día.
Después armamos la presentación completa por TAD y seguimos las observaciones hasta la autorización.
Honorarios desde $480.000. El valor final depende de la potencia del equipo, del emplazamiento y de si hay más de un punto a autorizar.
¿Dónde estamos?
Nuestras oficinas están en Thorne 423, piso 3 H, Caballito, a pocas cuadras de Primera Junta. Los dos trámites se presentan por TAD: el registro de plano ante la DGROC, en Av. Martín García 384, y el permiso de vía pública ante la Gerencia Operativa de Permisos de Uso del Espacio Público. Para ninguno de los dos hace falta que vengas. Lo presencial es el relevamiento del equipo y de su emplazamiento, que es de donde sale el informe técnico. Atendemos en toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Dirección: Thorne 423 piso 3 H, C1406, Caballito, Ciudad Aut. de Buenos Aires
Horario: Lunes a Viernes de 9:00hs a 17:30hs
WhatsApp: 11 2281-2143
¿Quiénes Somos?
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